Quien circule en ciudad detrás de un ciclista debe mantener una distancia mínima de cinco metros desde el 1 de octubre de 2026, fecha en la que comienza a aplicarse la reforma del Reglamento General de Circulación que incorpora obligaciones, además, para motoristas, ciclistas y usuarios de patinetes eléctricos, y refuerza la protección de todos estos y la de los peatones.
Esta guía resume qué ha cambiado, qué conviene revisar antes de salir y cómo actuar si recibe una multa.
¿Le afecta a usted?
Las obligaciones concretas dependen del vehículo que utilice y de la vía por la que circule. Concretamente, la actual Reforma le afecta si:
• Conduce una motocicleta, un ciclomotor, un triciclo o un quad.
• Utiliza una bicicleta o un patinete eléctrico, ya sea por trabajo o por ocio.
• Conduce un coche, una furgoneta o un autobús y comparte la vía con estos usuarios.
Estas obligaciones todavía no se aplican en los siguientes casos:
• Si conduce un ciclomotor con un casco certificado, pero no homologado. Podrá seguir utilizándolo hasta el 1 de octubre de 2027.
• Si su patinete no lleva encendida la luz durante el día. Esta obligación comenzará a exigirse el 1 de octubre de 2027.
Para comprobar si su casco de moto es válido, verifique que está homologado conforme a la norma europea R22. Si tiene dudas, consulte al fabricante o al establecimiento donde lo adquirió antes de volver a utilizarlo.
Qué ha cambiado
Los motoristas y sus pasajeros deben llevar el casco homologado y abrochado en cualquier vía. En carretera también son obligatorios los guantes; el calzado cerrado que cubra todo el pie, se exige en cualquier vía. Circular por el arcén durante un atasco solo estará permitido en los tramos expresamente habilitados por la autoridad de tráfico.
Los ciclistas deben usar casco en carretera. En ciudad también es obligatorio para los menores de 16 años y para quienes trabajan en bicicleta. De noche o con visibilidad reducida, quienes circulen por carretera deben llevar una luz o una prenda reflectante visible a 150 metros. En vías urbanas deben circular preferentemente por el centro del carril y no por la acera.
Para utilizar un patinete eléctrico hay que tener al menos 15 años, llevar casco en todo momento y mantener la luz encendida. Está prohibido circular por autopistas, autovías, travesías y carreteras, salvo por los carriles bici autorizados. Las ordenanzas municipales determinan las calles y zonas por las que se puede circular.
Al adelantar a un ciclista, el conductor debe dejar una separación mínima de metro y medio. Si la vía tiene más de un carril por sentido, debe ocupar por completo el carril contiguo. Fuera de poblado, además, debe reducir al menos 20 kilómetros por hora respecto del límite antes de iniciar la maniobra. En retenciones de autopistas y autovías, los vehículos deben apartarse para formar un corredor de emergencia.
Qué debe hacer, paso a paso
Antes de circular, compruebe que cumple las obligaciones aplicables. Si recibe una sanción, revise de inmediato la fecha de notificación y sus opciones.
- Compruebe el equipo exigido.
En moto: casco homologado, guantes y calzado cerrado.
En bicicleta por carretera: casco y, de noche, luz o prenda reflectante.
En patinete: casco y luz.
- Adapte los adelantamientos a ciclistas. Mantenga al menos metro y medio de separación, cambie completamente de carril cuando haya dos por sentido y, en carretera, reduzca la velocidad antes de iniciar la maniobra.
- Si utiliza un patinete consulte la ordenanza municipal que determina por qué calles y zonas puede circular.
- Si recibe una multa, anote la fecha de notificación. El plazo de 20 días naturales comienza al día siguiente e incluye sábados, domingos y festivos.
- Elija entre pagar o alegar. El pago dentro de esos 20 días reduce la sanción un 50 %, pero implica renunciar a formular alegaciones. Las multas de la DGT pueden abonarse en su sede electrónica, en la aplicación miDGT o a través del teléfono 060.
- Si considera incorrecta la multa, presente alegaciones dentro del mismo plazo. En las sanciones de la DGT puede hacerlo en la sede electrónica, por correo dirigido a la Jefatura de Tráfico o presencialmente con cita previa. Si la sanción procede de un ayuntamiento, consulte las instrucciones de la notificación.
Plazos y costes
• Pagar con la mitad de descuento, o alegar: 20 días naturales desde el día siguiente a la notificación.
• No llevar el casco: infracción grave, 200 euros y, si tiene carné, 4 puntos.
• Casco certificado en ciclomotor: admitido hasta el 1 de octubre de 2027.
• Luz encendida de día en el patinete: obligatoria desde el 1 de octubre de 2027.
Errores que conviene evitar
Estos son algunos de los errores más frecuentes ante un cambio normativo:
• Creer que el casco en bicicleta solo es obligatorio para los menores. En carretera deben llevarlo todos los ciclistas.
• Pagar con reducción una multa que considera injusta. El pago impide presentar alegaciones.
• Dejar transcurrir los 20 días naturales. Una vez vencido el plazo, se pierde el derecho al descuento.
• Circular en bicicleta por la acera. Solo pueden hacerlo los menores de 12 años y únicamente cuando la ordenanza municipal lo permita.
Cuándo necesita un abogado
Puede pagar una multa o presentar alegaciones por su cuenta, sin abogado y sin coste.
Si la Administración desestima sus alegaciones y decide acudir a los tribunales, necesitará abogado y procurador. También es aconsejable buscar asesoramiento jurídico cuando el accidente haya causado lesiones o daños de especial importancia.
Cuando el accidente pueda deberse al mal estado de la vía o a una señalización defectuosa, un notario puede levantar un acta de presencia. El documento permite dejar constancia de la situación antes de que se repare y puede servir como prueba en una reclamación posterior.
Para terminar
La reforma busca proteger a quienes están más expuestos en la vía: peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de patinetes. Antes de salir, revise el casco, los guantes, el calzado y la forma de adelantar. Si recibe una multa, recuerde el plazo esencial: 20 días naturales para pagar con una reducción del 50 % o presentar alegaciones. La sede electrónica de la DGT y el teléfono 060 ofrecen información sobre los trámites.
Palabras que conviene conocer
• Vía interurbana: carretera situada fuera de poblado.
• Travesía: tramo de una carretera que discurre por un pueblo o una ciudad.
• Vehículo de movilidad personal: denominación legal de los patinetes eléctricos y otros vehículos de características similares.
• Alegaciones: escrito en el que la persona sancionada expone por qué no está de acuerdo con la multa.
Esta guía recoge las reglas generales. Si su caso presenta alguna de las circunstancias indicadas en «Cuándo necesita un abogado», consulte a un profesional antes de actuar.