Los órganos judiciales españoles registraron durante el segundo trimestre de 2026 un incremento simultáneo de la litigiosidad laboral y concursal. Las demandas por despido crecieron un 11,2% interanual, mientras que los concursos de acreedores aumentaron un 5,1%, según el informe «Efectos de la crisis económica en los órganos judiciales», elaborado por el Servicio de Estadística del Consejo General del Poder Judicial.
Entre abril y junio se presentaron 45.230 demandas por despido ante los órganos del orden social. La cifra constituye el máximo de la serie histórica del CGPJ, iniciada en 2007, y supera tanto las 41.878 demandas contabilizadas en el primer trimestre de 2013, durante la crisis financiera, como las 41.597 registradas en el tercer trimestre de 2020, en plena pandemia.
El dato refleja el número de procedimientos iniciados y no equivale, por sí solo, al de despidos declarados improcedentes o nulos. Tampoco permite determinar cuántas extinciones contractuales se produjeron en el mercado laboral, puesto que únicamente recoge aquellas que fueron impugnadas judicialmente. Sí constituye, en cambio, un indicador directo de la presión que soportan los órganos sociales y del aumento de la conflictividad asociada a la extinción de contratos.
Cataluña a la cabeza
Cataluña concentró el mayor número de demandas por despido, con 9.075 procedimientos, aproximadamente el 20% del total nacional. Le siguieron Madrid, con 8.040; Andalucía, con 7.302, y la Comunidad Valenciana, con 5.885. Los mayores incrementos interanuales se produjeron en Galicia, donde las demandas crecieron un 27,8%; Cataluña, con un 24,3%, y Castilla y León, con un 23,6%.
Las reclamaciones de cantidad también aumentaron. Los órganos de lo Social recibieron 35.043 demandas de este tipo, un 3,4% más que en el segundo trimestre de 2025. Madrid registró 6.422 procedimientos; Andalucía, 5.995, y Cataluña, 3.907. En términos porcentuales, los incrementos más acusados correspondieron a Asturias, con un 51,7%; Extremadura, con un 35%, y Castilla-La Mancha, con un 29,6%.
El informe contabiliza además 97 expedientes de regulación de empleo tramitados en el ámbito concursal, frente a los 95 del mismo periodo del año anterior, lo que supone un aumento del 2,1%. Cataluña acumuló 40 de estos procedimientos, el País Vasco registró 16 y Madrid, 12.
Concursos de acreedores al alza
En materia concursal, los órganos mercantiles recibieron 19.024 solicitudes entre abril y junio, un 5,1% más que un año antes. El incremento mantiene la tendencia ascendente iniciada en el tercer trimestre de 2020, pero su composición obliga a matizar cualquier interpretación basada exclusivamente en el deterioro de la solvencia empresarial.
De los concursos presentados, 16.948 correspondieron a personas naturales sin actividad empresarial, el 89,1% del total. Esta categoría creció un 5,9% interanual y continúa siendo el principal componente de la jurisdicción concursal. La evolución está estrechamente vinculada a la utilización del procedimiento de segunda oportunidad y a la concentración en los órganos mercantiles de los concursos de personas físicas no empresarias.
Los concursos de personas jurídicas ascendieron a 1.404, un 4,6% más que en el segundo trimestre de 2025. Por el contrario, los correspondientes a personas naturales empresarias descendieron un 10,8%, hasta quedar en 672 procedimientos.
Por tanto, el aumento agregado del 5,1% no puede identificarse directamente con un crecimiento equivalente de las insolvencias societarias. Más de ocho de cada diez expedientes proceden de particulares sin actividad empresarial, mientras que los concursos de sociedades representan alrededor del 7,4% del total. La estadística tampoco permite equiparar la presentación del concurso con la liquidación del patrimonio o la desaparición de una empresa: recoge asuntos ingresados, no su posterior declaración, calificación, conclusión o resultado.
Concursos de consumidores
El predominio de los concursos de consumidores plantea una consecuencia relevante para la organización judicial. Estos procedimientos, aunque suelen presentar una estructura patrimonial menos compleja que las grandes insolvencias empresariales, exigen tramitar la posible exoneración del pasivo insatisfecho, resolver las impugnaciones de los acreedores y comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el texto refundido de la Ley Concursal.
La coincidencia entre el máximo histórico de demandas por despido y el crecimiento de los concursos incrementa la carga sobre dos jurisdicciones especialmente sensibles a la duración de los procedimientos. En el orden social, una respuesta tardía puede reducir la efectividad de la tutela frente a la pérdida del empleo. En el ámbito concursal, las demoras prolongan la situación de incertidumbre del deudor, de los acreedores y, cuando se trata de sociedades o empresarios, de los trabajadores y proveedores afectados.
Los datos del CGPJ muestran, en definitiva, dos fenómenos jurídicamente diferenciados. El récord de demandas por despido revela un aumento directo de la impugnación judicial de las extinciones contractuales. El crecimiento concursal, en cambio, está impulsado principalmente por particulares que recurren al procedimiento de insolvencia y a los mecanismos de segunda oportunidad, y solo de forma minoritaria por concursos de empresas. En ambos casos, el incremento de asuntos plantea la necesidad de reforzar la capacidad de los órganos mercantiles y sociales para evitar que el aumento de la litigiosidad se traduzca en una mayor pendencia.