La Unión Europea ha alcanzado un acuerdo político provisional para reformar sus normas penales contra el abuso sexual, la explotación sexual de menores y la difusión de material de abuso sexual infantil. El pacto, cerrado el lunes 22 de junio entre la Presidencia chipriota del Consejo y los negociadores del Parlamento Europeo, actualiza una directiva vigente desde 2011 y pretende adaptar el marco jurídico europeo a una realidad delictiva marcada por la retransmisión en directo de agresiones, la captación de menores por internet, la extorsión sexual y el uso de sistemas de inteligencia artificial para generar o manipular imágenes de contenido abusivo.
La reforma no está todavía definitivamente aprobada. El acuerdo deberá ser confirmado por el Consejo y el Parlamento Europeo y, después, pasar por la revisión jurídico lingüística antes de su adopción formal. A partir de ese momento, los Estados miembros dispondrán de tres años para adaptar sus códigos penales a la nueva directiva ya que no se trata de un reglamento de aplicación directa, sino de una norma que fijará mínimos penales comunes y exigirá una transposición nacional.
El núcleo de la reforma es la ampliación del catálogo de conductas punibles. La nueva directiva obligará a castigar el pago para acceder a retransmisiones en directo de abusos sexuales a menores y también el diseño, adaptación o distribución de sistemas de inteligencia artificial destinados a producir material de abuso sexual infantil. La previsión responde a la proliferación de contenidos generados o manipulados mediante IA, incluidos deepfakes, que han abierto una vía especialmente difícil de perseguir con los tipos penales tradicionales.
El acuerdo también incorpora nuevas reglas sobre grooming, extorsión sexual y difusión de instrucciones para delinquir. La captación de menores por internet para que produzcan o compartan material de abuso sexual será delito, y cuando el menor haya superado la edad de consentimiento sexual fijada por cada Estado miembro también deberá castigarse si hay coacciones, amenazas o si el adulto se hace pasar falsamente por un igual. La reforma exigirá además sancionar la posesión y distribución de manuales, guías, libros o incluso instrucciones en forma de prompt destinadas a cometer abusos o a producir material de abuso sexual infantil.
Regulación del consentimiento
Otro de los puntos de mayor interés jurídico es la regulación del consentimiento. La edad por debajo de la cual cualquier relación sexual con un menor está prohibida seguirá siendo competencia nacional, pero la nueva directiva establece que las relaciones sexuales con menores que ya hayan alcanzado esa edad deberán ser punibles cuando no exista consentimiento. El texto aclara que no hay consentimiento si el menor no lo presta voluntariamente y por voluntad libre, si no puede formarlo por estar dormido, inconsciente o sorprendido, y que ni el silencio ni la ausencia de resistencia pueden interpretarse por sí solos como aceptación. También precisa que el consentimiento puede retirarse en cualquier momento.
La reforma endurece asimismo la persecución de estos delitos mediante una ampliación de los plazos de prescripción. Para los supuestos más graves, como la violación de menores o la obligación de prostituir a un menor, el plazo para investigar y perseguir penalmente podrá llegar hasta 32 años después de que la víctima alcance la mayoría de edad. Bruselas justifica esta ampliación en que muchas víctimas necesitan largos periodos de tiempo antes de estar en condiciones de denunciar los hechos sufridos durante la infancia.
El acuerdo incluye también medidas de apoyo a las víctimas. Los menores deberán tener acceso rápido y gratuito a servicios sanitarios y a asistencia jurídica, las líneas de ayuda deberán informarles de los recursos disponibles, se prevén reglas sobre alojamiento temporal y los Estados miembros tendrán que garantizar el derecho de las víctimas a reclamar una indemnización directamente al autor del delito. La nueva directiva persigue así no solo reforzar el castigo penal, sino también mejorar la protección procesal y asistencial de quienes han sufrido abusos.