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El TSJ de Andalucía avala el uso de IA por los abogados, pero advierte contra los recursos «sin densidad jurídica»

La Sala de lo Civil y Penal considera «absolutamente legítimo» que los letrados utilicen herramientas de inteligencia artificial para preparar sus escritos, pero recuerda que el abogado asume personalmente todo su contenido y alerta de recursos excesivamente largos en los que la corrección formal puede ocultar una argumentación jurídica deficiente.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha lanzado una de las advertencias más explícitas formuladas hasta ahora por un tribunal español sobre el uso de la inteligencia artificial en la redacción de escritos procesales. La Sala de lo Civil y Penal no cuestiona la utilización de estas herramientas por los abogados y llega a reconocer que pueden mejorar considerablemente la calidad de la argumentación. Lo que censura es su utilización indiscriminada, especialmente cuando genera textos extensos y formalmente impecables pero poco conectados con el verdadero objeto del litigio.

La reflexión aparece en la sentencia 332/2026, de 13 de julio, dictada por la Sala de lo Civil y Penal con sede en Granada y de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Pasquau Liaño. La resolución resuelve un recurso de apelación contra una sentencia del Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Cádiz que había condenado a un hombre a once años de prisión por un delito de asesinato con las atenuantes de confesión, reparación del daño y drogodependencia. La acusación particular recurrió cuestionando, entre otros aspectos, la aplicación de esas circunstancias atenuantes.

Antes de entrar en los seis motivos del recurso, el TSJA dedica un apartado específico a formular unas «consideraciones generales» sobre el empleo de inteligencia artificial en la construcción y redacción de recursos de apelación. Y la primera conclusión del tribunal es clara: no existe ninguna objeción jurídica de principio a su utilización. La Sala considera que los abogados pueden valerse de estas tecnologías para ordenar, precisar y mejorar sus argumentos e incluso reconoce haber comprobado en otras ocasiones que la IA puede elevar la calidad de las alegaciones. Un recurso mejor estructurado, razona el tribunal, también obliga al órgano judicial a ofrecer una respuesta más rigurosa y mejor motivada.

Textos complejos y aparentemente sofisticados

La advertencia comienza cuando la herramienta deja de utilizarse como apoyo y pasa a sustituir el trabajo de selección, razonamiento y depuración que corresponde al profesional. El tribunal alerta de que la facilidad con la que estos sistemas generan textos complejos y aparentemente sofisticados puede terminar produciendo escritos cargados de consideraciones genéricas, reiteraciones y argumentos sólo superficialmente relacionados con la controversia concreta. El resultado puede ser, en palabras de la Sala, que la «brillantez sintáctica encubre un vacío de densidad jurídica».

El pronunciamiento resulta especialmente relevante porque el TSJA no plantea el problema como una cuestión sobre la autoría material del escrito. Tampoco considera necesario que los tribunales investiguen sistemáticamente si un recurso ha sido generado o auxiliado por inteligencia artificial. Al contrario, declara que su utilización es legítima y sitúa la cuestión esencial en otro punto: la responsabilidad profesional permanece íntegramente en el abogado.

La premisa, establece la sentencia, es que el letrado «asume personalmente el texto en todos sus puntos y referencias». De este modo, utilizar una herramienta de IA no traslada a la tecnología ninguna responsabilidad por posibles errores, citas incorrectas, razonamientos defectuosos o afirmaciones incluidas en el escrito. Desde el punto de vista procesal, sigue siendo el abogado quien hace suyo y presenta el documento ante el tribunal.

Patrones «muy perceptibles»

La resolución tampoco afirma de manera categórica que el recurso sometido a su consideración hubiera sido generado por una determinada aplicación. El TSJA reconoce que no resulta sencillo determinar cuándo un texto ha sido «concebido, preparado y/o redactado» con inteligencia artificial. Sí señala, sin embargo, que existen determinados patrones de expresión reconocibles como indicios de su utilización y considera que esos patrones eran «muy perceptibles» en el escrito analizado.

La crítica de los magistrados se dirige fundamentalmente a la eficacia jurídica del recurso. A juicio de la Sala, una redacción más personalizada y depurada probablemente habría permitido reducir su extensión a aproximadamente la mitad y, al mismo tiempo, aumentar su fuerza argumentativa. El tribunal aprecia reiteraciones, razonamientos circulares e incluso, en determinados pasajes, falacias, sofismas o simples énfasis retóricos que considera poco útiles para convencer al órgano judicial.

La advertencia tiene además una consecuencia procesal relevante. La Sala utiliza precisamente esa extensión innecesaria para explicar que no responderá individualmente a todas las afirmaciones contenidas en el recurso cuando existan argumentos suficientes para resolver cada una de las pretensiones planteadas. Es decir, multiplicar mediante IA los razonamientos incluidos en un escrito no obliga al tribunal a contestarlos uno por uno ni incrementa necesariamente la solidez del recurso.

Una herramienta eficaz para la abogacía

La sentencia marca así una posición alejada tanto de la prohibición de estas tecnologías como de su utilización automática. El TSJA admite expresamente que la inteligencia artificial puede convertirse en una herramienta eficaz para la abogacía, pero condiciona sus ventajas a que exista detrás un verdadero trabajo jurídico: seleccionar los argumentos relevantes, comprobar las referencias, adaptarlos al supuesto concreto y eliminar todo aquello que no contribuya a sostener la pretensión procesal.

En el caso concreto, la Sala terminó desestimando el recurso de la acusación particular y confirmó íntegramente la sentencia de instancia, incluida la pena de once años de prisión y la apreciación de las tres circunstancias atenuantes. Contra la resolución del TSJA cabe recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Más allá del procedimiento penal que da origen al pronunciamiento, la sentencia introduce una advertencia de alcance general para la práctica profesional. Los tribunales no parecen dirigirse hacia una prohibición del uso de IA por abogados, sino hacia una exigencia distinta: que la tecnología permanezca subordinada al criterio jurídico del profesional. La herramienta puede redactar, ordenar o sugerir argumentos, pero la estrategia procesal, la comprobación de lo afirmado y la responsabilidad por el escrito continúan correspondiendo al letrado que lo firma.

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