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La crítica sueca fractura a Schengen y reabre el debate sobre seguridad jurídica y la regularización extraordinaria de inmigrantes en España

La última crisis migratoria en España –la más grave en veinte años– coincide con la regularización extraordinaria aprobada por el Gobierno y desencadena severas críticas y una dura respuesta por parte de sus socios europeos. El episodio pone a prueba la cohesión del espacio europeo de libre circulación y la seguridad jurídica del propio proceso de regularización.

Crisis migratoria en España y espacio Schengen

España afronta el episodio migratorio más grave que ha tenido lugar en las últimas dos décadas. La regularización extraordinaria aprobada en abril —con cerca de 1,2 millones de solicitudes recibidas, más del doble de lo previsto por el Gobierno— coincide con la crisis fronteriza de Ceuta y ha desencadenado la reacción más dura, hasta ahora, por parte de varios socios europeos. Una carta firmada por 22 jefes de Estado y de Gobierno, la suspensión unilateral del Acuerdo Schengen por parte de Italia y las declaraciones del primer ministro sueco, Ulf Kristersson, que calificó la medida española de “idea nefasta”.  

Las declaraciones de Kristersson

En una entrevista concedida a Financial Times, Kristersson tildó la regularización española de “muy mala idea” y (por si había dudas) de “idea nefasta”. El primer ministro sueco advirtió de que la medida podría desencadenar una crisis migratoria comparable a la de 2015 y comprometer la integridad de Schengen. Según relató, la cifra final de solicitudes —en torno a 1,2 millones— provocó una fuerte protesta en la última cumbre de líderes europeos, y aseguró haber trasladado personalmente su malestar a Pedro Sánchez. Su objeción de fondo es la libre circulación. Quien obtiene residencia legal en España puede moverse después por el resto del espacio Schengen sin controles sistemáticos, aunque el permiso concedido solo habilita a residir y trabajar en territorio español, no a establecerse automáticamente en otro Estado miembro. Kristersson, que se presenta a la reelección en septiembre y compite por el voto duro con la ultraderecha de los Demócratas de Suecia, ha construido buena parte de su campaña sobre el endurecimiento migratorio.

La postura de la Unión Europea, la carta de los 22 y la fractura de Schengen

El detonante inmediato de esta postura de los socios europeos fue la crisis de Ceuta. A partir del 30 de julio, decenas de miles de personas cruzaron de forma irregular la frontera hacia la ciudad autónoma —el Ministerio del Interior llegó a estimar unas 72.000 entradas en pocos días—, en un episodio que coincidió en el tiempo con la regularización española y con una sentencia del Tribunal Supremo que limita las “devoluciones en caliente” a quienes superan elementos de contención física, sin extenderlas a quienes acceden a nado. El Gobierno español ha insistido en que ninguna de las dos normas amparaba a quienes cruzaron esos días, pero los hechos son lo bastante elocuentes como para que buena parte de Europa leyera la crisis como consecuencia directa de la política migratoria española.

La respuesta llegó en forma de una carta conjunta de 22 jefes de Estado y de Gobierno —entre ellos Alemania, Italia, Suecia, Polonia, Países Bajos y Dinamarca— dirigida a la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, y al presidente del Consejo Europeo, António Costa. El documento vincula la regularización extraordinaria y la sentencia del Supremo con un “factor de atracción” migratorio, advierte de que la percepción de que “la entrada ilegal de un migrante puede convertirse en una estancia legal” podría alentar nuevos intentos de acceso, y avisa de que los firmantes están dispuestos a reforzar o reintroducir controles temporales en las fronteras interiores del espacio Schengen. El Gobierno español, como cabe esperar, ha calificado esa reacción de desproporcionada y alimentada por informaciones inexactas.

El paso más drástico lo dio Italia, que suspendió unilateralmente el Acuerdo Schengen con España, restableciendo controles fronterizos para los vuelos y enlaces marítimos procedentes de territorio español. La Moncloa respondió de forma recíproca sobre los vuelos y conexiones procedentes de Italia, según una orden ministerial publicada en el BOE el 9 de agosto.

Suecia se sitúa, junto con Dinamarca, Finlandia, Austria y República Checa, en el bloque de países que defienden la suspensión de Schengen como instrumento legítimo de presión frente a España, mientras que Alemania y Bélgica rechazan explícitamente esa lógica de exclusión. La propia Suecia figura ya entre los once países del espacio Schengen que mantenían controles fronterizos internos reinstaurados en 2026 —una tendencia que la Comisión Europea había advertido en junio, al pedir formalmente a nueve Estados miembros, entre ellos Francia y Alemania, que retirasen controles prolongados por considerarlos contrarios al principio de libre circulación—.

El impacto sobre España ya no es hipotético. La suspensión recíproca con Italia afecta directamente a viajeros y operadores de transporte aéreo y marítimo, y ha dejado a Madrid en una posición de relativo aislamiento diplomático dentro de la UE, con Alemania y Bélgica como principales voces que matizan el bloque crítico. Si el precedente italiano se extendiera a otros de los 22 países firmantes —Suecia incluida—, España podría enfrentarse a restricciones adicionales de movilidad en plena temporada turística, además de a una presión sostenida en las próximas cumbres europeas sobre migración y control de fronteras exteriores.

El marco legal de la regularización masiva

La medida se articula mediante el Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, que modifica el Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024) e introduce dos nuevas vías de “arraigo” extraordinario. Pueden acogerse quienes acrediten estar en España antes del 1 de enero de 2026, con al menos cinco meses de permanencia continuada previos a la solicitud, sin antecedentes penales ni constituir una amenaza para el orden público. El plazo de presentación se abrió el 16 de abril y se cerró el 30 de junio, con un permiso de residencia y trabajo de un año, renovable. El Gobierno defiende la medida con el dato demográfico que sostiene que la población extranjera cotizante supera ya los 3,1 millones de personas —el 14,1 % de la afiliación a la Seguridad Social—. Este tipo de argumento en una cuestión de tal envergadura tiene matices y se enfrenta a contraargumentos no menos sólidos. Si se consultan otras cifras, como la tasa de desempleo e inactividad que arroja que el 44% de los extranjeros en edad de trabajar está desempleado o inactivo, frente al 25,6% de la población nativa, podrían sacarse otras conclusiones. En cualquier caso, la realidad del envejecimiento poblacional en España y la inmigración como solución a ese problema no es sólo un asunto solo de cifras. Los números no reflejan cualidades, y una cuestión tan sensible, trascendente y perentoria para los españoles requiere un esfuerzo de investigación y análisis riguroso y soluciones reales y documentadas, no superficiales e improvisadas.

Seguridad jurídica y viabilidad administrativa, el verdadero cuello de botella

El volumen final de solicitudes de regularización —1,2 millones frente a los aproximadamente 500.000 previstos— ha puesto a prueba tanto la capacidad de gestión del Estado como la seguridad jurídica del propio proceso.

Según ha denunciado reiteradamente CSIF, sindicato mayoritario en la Administración General del Estado, apenas una cincuentena de funcionarios de la Unidad de Tramitación de Expedientes de Extranjería de Vigo —reforzados por unos 150 empleados de Tragsa/Tragsatec para tareas auxiliares— deben validar el grueso de los expedientes, cruzando fechas y verificando documentación heterogénea (padrones, contratos, movimientos bancarios, justificantes médicos). El déficit estructural de la plantilla de Extranjería ronda, según el sindicato, los 2.000 efectivos a nivel nacional. A pocas horas del cierre del plazo, unas 500.000 solicitudes seguían sin volcarse en la plataforma telemática Mercurio, y los fallos recurrentes en las aplicaciones de la Policía Nacional —responsable de emitir después las Tarjetas de Identidad de Extranjero— amenazaban con dejar caducar expedientes por silencio administrativo al cumplirse el plazo legal de tres meses para resolver. El Gobierno ha respondido con sucesivos refuerzos de urgencia —movilizando primero oficinas del INSS y la Tesorería General de la Seguridad Social y después las propias Oficinas de Extranjería—, aunque la financiación de las horas extraordinarias del personal seguía pendiente de aprobación por Hacienda a finales de junio, y los propios funcionarios llegaron a convocar una huelga indefinida al inicio del proceso por falta de formación específica y sobrecarga de trabajo.

A esa presión de gestión se suma un riesgo de fraude. El Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos ha alertado de cobros indebidos por citas gratuitas, venta de turnos inexistentes y promesas de “regularización garantizada”, y ha puesto en marcha mecanismos de verificación profesional para que el solicitante pueda identificar con certeza quién gestiona su expediente. Notarios, abogados y gestores especializados en extranjería son quienes dan fe de la documentación aportada, en un procedimiento que exige una trazabilidad no siempre sencilla para quien lleva años en la economía informal.

Más allá de la capacidad de gestión, un sector de la doctrina constitucionalista cuestiona la propia cobertura legal de la norma. El catedrático de Derecho Constitucional Javier Tajadura Tejada ha argumentado que, a diferencia de las regularizaciones de 2000-2001 —amparadas expresamente en una disposición transitoria de la Ley Orgánica 4/2000— o de la de 2005, la de 2026 se aprueba por vía reglamentaria sin una habilitación legal explícita para una regularización de este alcance, lo que podría situarla en conflicto con el propio marco que dice desarrollar. La ley de extranjería tipifica la estancia irregular como infracción grave sancionable con multa o expulsión, y convertir esa misma situación en presupuesto para obtener residencia por decreto plantea, a su juicio, un problema de rango normativo que solo una ley formal podría resolver sin fisuras. Recuerda además que la Directiva de retorno europea (2008/115) concibe la regularización como excepción individual, no como fórmula colectiva, y no descarta que el Real Decreto acabe recurrido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. El Gobierno, por su parte, sostiene que la reforma se ampara en sus competencias sobre residencia y busca dotar de mayor seguridad jurídica a personas ya presentes en España; el Consejo de Estado, cuyo informe es preceptivo aunque no vinculante, se pronunció sobre la técnica normativa antes de la aprobación definitiva. Se trata, en cualquier caso, de un debate jurídico abierto y no resuelto todavía por los tribunales.

Lo que queda por resolver

El proceso se encuentra ahora en fase de subsanación de documentación, abierta hasta el 30 de septiembre, mientras siguen pendientes tanto un eventual recurso judicial contra el Real Decreto 316/2026 como la respuesta política de la Unión Europea a la crisis de Ceuta. De ambos desenlaces depende no solo el futuro de la regularización española, sino el precedente que se fije para la próxima vez que un Estado miembro invoque motivos migratorios para suspender, aunque sea parcialmente, la libre circulación dentro de Schengen.


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