El humo negro y denso de los incendios ensombrece las calles de Constantinopla, cuyo paisaje es de ruinas calcinadas, caos y destrucción. Junto a los muchos heridos y muertos, ese es el nefasto resultado de ocho días consecutivos de insurrección de las facciones del Hipódromo.
Una gran horda de sediciosos asedia el complejo del Sacro Palacio de Constantinopla. Toscamente armados, gritan, feroces, pidiendo las cabezas del emperador Justiniano y de la emperatriz Teodora. Son más semejantes a una manada de fieras sedientas de sangre, que a hombres libres pertenecientes a la civilización que ha dado al mundo el Derecho romano.
El emperador Justiniano reúne de urgencia a su Consejo, compuesto por su círculo más estrecho de colaboradores, entre los que se encuentran valiosos militares del imperio, como los generales Belisario y Mundo, que acumulan mérito, coraje y gloriosas victorias frente al enemigo. Las únicas mujeres allí presentes son la emperatriz Teodora, que asiste por propia iniciativa y no por obligación, y dos damas de su séquito que siempre la acompañan. Ella, a diferencia de los hombres que la rodean y debaten su futuro y el del imperio, no tiene derecho a la palabra. Su deber se reduce a guardar silencio, mientras vive lo que podrían ser las últimas horas de su gobierno y de su existencia.
Los hombres del Consejo imperial ultiman los detalles de la huida. Hace ya tres días que el emperador dio la orden de empezar los preparativos. Los barcos han sido aprovisionados, y están listos para zarpar en cuanto el emperador dé la orden. Pero Justiniano ha estado esperando que, durante esos tres últimos días, el general Belisario lograra hacer retroceder a los sublevados. En lugar de ello, estos no han parado de avanzar hasta rodear el Sacro Palacio.
Pero esas no son las noticias más alarmantes. Un oficial de los excubitores (la guardia personal del emperador) entra y, después del saludo de rigor, se le acerca para darle un aviso de una última hora. Una multitud enfurecida ha llevado al usurpador Hipacio en andas hasta el kathisma (palco imperial) en el Hipódromo, y allí lo han investido emperador en un apócrifo y fugaz acto. Luego, los más beligerantes entre los sublevados se han amontonado en la arena, cual ejército en pie, y desde allí empezaron a vociferar, dirigiéndose al usurpador. Lo han alabado y le han exigido, entre improperios, expugnar el palacio y dar muerte a Justiniano y a Teodora.
Cuando el emperador se dirige al Consejo, lo único que esperan sus hombres es que dé la orden inmediata para la huida por mar.
—Nobles romanos, los sediciosos acaban de cometer el horrendo crimen de coronar a un usurpador. Hipacio, el sobrino de Anastasio Augusto, ha mancillado la divina memoria de su tío y traicionado al Estado, aceptando ceñirse la corona que esos renegados han colocado sobre su cabeza. Como todos sabemos, ya nada falta para que esos criminales intenten expugnar el Sacro Palacio y colocar al usurpador en este trono. El resto de los refuerzos tardará un día o dos en llegar, y no contamos con suficientes hombres para repeler la ofensiva de los rebeldes o resistir más tiempo al asedio. Y como no nos queda más remedio que contemplar la probabilidad del fracaso, nos vemos en la obligación de intentar evitar sus peores consecuencias. Los criminales faccionarios no descansarán hasta asesinarnos a la emperatriz y a mi propia persona. Y luego no dudarán en acabar con las vidas de quienes nos hayan sido leales. Así que para evitar el peor de los males, decreto que ha llegado el momento de emprender la huida hacia donde nos sea permitido salvaguardar nuestras vidas, con el juramento de regresar cuando sea el momento oportuno, para deponer al usurpador, y restablecer el legítimo trono que Dios y los romanos nos han entregado, a vuestra soberana y a mí, en sagrada custodia.
El eco de los susurros resuena contra los espléndidos mármoles de la sala del trono. Los altos cargos del imperio reunidos en el Consejo ya no debaten cómo salvar el trono, sino cuándo sería más seguro zarpar, o cuál sería la mejor ruta para escapar. Todos están convencidos de que permanecer en la ciudad es una idea suicida.
De pronto, la emperatriz Teodora se pone de pie y se hace un silencio tan contundente que parece sofocar no sólo los susurros, sino también el aliento de los presentes. Su imagen sobre el escalón del trono, por encima de todos aquellos hombres e incluso del emperador que permanece sentado, subyuga la atención de la audiencia. Ni siquiera su atuendo imperial, en exquisita púrpura y reluciente de oro y piedras preciosas, logra opacar la extraordinaria belleza del rostro de la emperatriz. Y quizás hipnotizados ante la excelsa gracia de la mujer, o subyugados por el salvaje fuego que arde en su mirada, aquellos hombres se postran ante ella, como manda el protocolo, sin reparar en el hecho sin precedentes de que la emperatriz tome la palabra y la iniciativa en un consejo imperial. Tampoco el emperador parece percatarse de la excepcionalidad del gesto de su mujer, y él mismo se pone de pie, y baja levemente su cabeza, en un gesto cómplice con la Augusta.
—En cuanto al hecho de que una mujer entre hombres no debe mostrar atrevimiento, ni soltar bravatas entre quienes están remisos —dice—, yo creo que la actual coyuntura de ningún modo permite considerar minuciosamente si hay que discurrir así o de otra manera. Y es que para quienes se encuentran en un grandísimo peligro, no hay nada mejor, me parece, que ponerse las cosas lo más expeditas que uno pueda. Yo al menos opino que la huida es ahora, más que nunca, inconveniente, aunque nos reporte la salvación. Pues lo mismo que al hombre que ha llegado a la luz de la vida le es imposible no morir, también al que ha sido emperador le es insoportable convertirse en un prófugo. No, que nunca me vea yo sin esta púrpura, ni esté viva el día en el que quienes se encuentren conmigo no me llamen soberana —sentencia con una elegancia y una templanza sobrecogedoras. Y añade, dirigiéndose a su marido—. Y lo cierto es que si tú, emperador, deseas salvarte, no hay problema: que tenemos muchas riquezas, y allí está el mar y aquí los barcos. Considera, no obstante, si una vez a salvo, no te va a resultar más grato cambiar la salvación por la muerte. Lo que es a mí, me satisface un antiguo dicho que hay: “el imperio es hermosa mortaja”(1).
Los grandes hombres del imperio allí reunidos, incluyendo al emperador, la observan, absortos. Y con el mismo distinguido aplomo con el que se ha puesto de pie y se ha dirigido a ellos, Teodora emprende su salida de la sala. Ya se ha pronunciado y cree prudente ausentarse para que los hombres tomen una decisión. Su trabajo ya está hecho. Así que avanza, magnánima, seguida de su séquito, con una serenidad asombrosa en aquellas circunstancias. Va hacia una de las salidas y se pierde detrás del pesado cortinaje de seda púrpura, que para ella aparta una cohorte de impecables sirvientes.
Tras su salida, un animado murmullo se eleva en todo el salón y, al instante siguiente, estallan exaltados vítores a la emperatriz. Quienes así aclaman a la Augusta son los mismos hombres que, unos minutos antes, sólo consideraban los detalles de la huida, sin contemplar siquiera la alternativa de permanecer en la ciudad y enfrentar a los sediciosos. Hombres, en su mayoría, curtidos en los rigores de la guerra y experimentados en la toma de difíciles decisiones de Estado. El emperador no es ajeno a la exaltación con la que el desafío de su esposa ha impregnado a los presentes, y como si se tratara de un número ensayado antes por los dos, lo aprovecha para arengar a los presentes.
—Vuestra soberana ha hablado con palabras de divina inspiración, que han de ser el faro que ilumine nuestras acciones, el aliento divino que nos fortalezca en la batalla, y la trinchera que nos proteja de nuestros enemigos. Que nuestro coraje en la pelea, nos haga dignos servidores de la grandeza de la Augusta. ¡Viva la emperatriz Teodora!
«¡Viva la emperatriz Teodora!», secunda enérgicamente el Consejo, y acto seguido entra en el debate sobre cómo defender mejor la sede imperial del asedio de los rebeldes.
De lo anecdótico a lo histórico
Así acaba de salvar, la emperatriz Teodora, su trono y el de su marido. Este es un pasaje de un suceso histórico que se conoce como la Revuelta de Nika. Los hechos tienen su origen el sábado 10 de enero del año 532 en el Hipódromo de Constantinopla, durante la competición de las carreras de cuadrigas. Un enfrentamiento verbal entre faccionarios en una de las gradas lleva a los insultos y éstos a los golpes. La violencia se propaga rápidamente como lo hace el fuego bajo un viento furioso. Pero estas llamas son inflamadas por el viento político de la ambición y el oportunismo. Los enemigos del emperador Justiniano y de la emperatriz Teodora codician para sí mismos el trono del Imperio romano de Oriente —y todo lo que ello implica—. De modo que aprovechan un creciente descontento popular, abonan el terreno del fanatismo faccionario y motivan con dorados incentivos una violencia que estalla oficialmente y de la manera más brutal tres días después del incidente inicial en el Hipódromo.
Hay que saber que, en la época, los grupos sociales de Bizancio están divididos, como en todas las ciudades del imperio desde antiguos tiempos, entre «azules» y «verdes». Son las facciones del circo —el Hipódromo en Constantinopla, pues desde el cristianismo las peleas de gladiadores están proscritas—. Son organizaciones populares que gestionan las carreras de cuadrigas, pero que operan también como poderosas fuerzas políticas, sociales, paramilitares y religiosas. Procopio de Cesarea —el historiador que más documentación ha dejado del reinado de Justiniano y Teodora— las retrata sin piedad. Según el historiador, por esos colores y por las gradas desde las que miran el espectáculo, los hombres gastan su dinero, exponen sus cuerpos a los peores tormentos y no rehúyen una muerte vergonzosa. Se enfrentan entre hermanos si defienden colores distintos. Nada humano ni divino les importa más que la victoria de su bando. Finalmente, Procopio no encuentra otro nombre para ese fanatismo que el de «enfermedad del alma»(2). Una descripción, cuando menos, bastante acertada para un mal que nos aqueja aún en estos tiempos.
El incidente del 10 de enero en el Hipódromo provoca que los guardias del Pretorio (la autoridad de la ciudad) apresen a los revoltosos que lo iniciaron —algunos de los verdes y otros de los azules—. Los prisioneros son condenados a muerte y, como consecuencia, las facciones de los azules y los verdes, que han sido desde siempre enemigos irreconciliables, pactan una tregua en un hecho sin precedentes. Insólitamente, ambas facciones se unen contra el gobierno imperial. Entran en la cárcel y liberan a todos los reclusos, fueran o no sediciosos, asesinan sin contemplaciones a los guardias y a los prisioneros que no pudieron correr bastante, y prenden fuego al edificio del Pretorio con quien quedara dentro. A partir de ahí comienza una ola de fuego, destrucción y muerte. Los ciudadanos honrados de la ciudad huyen cruzando el Bósforo, a la orilla de enfrente, a Asia. La ciudad es un campo de batalla entregado a las llamas, según Procopio, «lo mismo que si lo hubiera sido por enemigos»3.
Al principio, los reclamos de los sediciosos se centran en Juan de Capadocia, prefecto del pretorio, y Triboniano, consejero del emperador (cuestor). La gente recorre la ciudad buscándolos para matarlos y Justiniano, en aras de aplacar la revuelta, los destituye enseguida, pero no sirve de nada. La sedición, en lugar de aplacarse, se recrudece; y la violencia, las llamas y el caos son las únicas dueñas de la ciudad. El evento, que dura entre unos siete y unos nueve días desde el primer incidente en el hipódromo —y según los historiadores contemporáneos de los hechos—, termina de la manera más cruenta.
Tras la alocución de la emperatriz ante el Consejo, los planes de huida se truecan en un plan de ofensiva contra los amotinados. El famoso general Belisario logra burlar el asedio de los sediciosos y penetra subrepticiamente en el Hipódromo, donde estaba el recién coronado usurpador Hipacio en el palco imperial, ante una multitud enardecida que se había lanzado a la arena pidiendo expugnar el palacio y asesinar a Justiniano y a Teodora. Belisario arremete contra los amotinados, y Mundo lo secunda. Lo que sucede a continuación es una matanza. Soldados profesionales, equipados con sus armas reglamentarias se enfrentan, como una máquina de guerra letal, contra unos rebeldes precariamente armados y sin preparación militar alguna. Procopio cifra en más de treinta mil los muertos (4). La ciudad queda arrasada por el fuego y la destrucción. Pero Justiniano y Teodora se sentarán en el trono de Constantinopla muchos años más. Hasta la muerte de cada uno. La de Teodora, en el año 548; y la de Justiniano, en el 565.
El Corpus Iuris Civilis
Teodora cambia el curso de los acontecimientos cuando, según Procopio, arenga con su ejemplo a los hombres que estaban dispuestos a huir y que, de pronto, deciden enfrentar a los sediciosos y están dispuestos incluso a morir defendiendo la legitimidad del trono del emperador y de la emperatriz. Este suceso azaroso permite que se concluya la obra más importante del Derecho: el Corpus Iuris Civilis.
¿Qué es el Corpus? Para empezar, es un nombre que Justiniano nunca llega a escuchar. La expresión Corpus Iuris Civilis, «cuerpo del Derecho civil» la populariza, mil años después, el jurista francés Dionisio Godofredo, que publica en Ginebra, en 1583, una edición completa de la obra. Lo que Justiniano manda hacer son cuatro libros distintos que tienen como propósito poner orden en nada menos que mil años de Derecho romano.
Cuando Justiniano llega al trono, el Derecho del imperio tiene la densidad de una selva, y un desorden mayúsculo. Por un lado están las leyes de los emperadores, las constituciones, dispersas en colecciones viejas e incompletas que a menudo se contradicen. Por otro, están las opiniones de los grandes juristas de los siglos I al III —Gayo, Papiniano, Paulo, Ulpiano, Modestino—, que los jueces citan como si fueran ley y que llenan miles de volúmenes que casi nadie ha leído completos. Un abogado hábil siempre encuentra un texto a su favor. Un juez honrado nunca está seguro de acertar. Es, dicho con palabras de hoy, un problema de seguridad jurídica del que Justiniano —hombre inteligente y sagaz, y un trabajador incansable, como consta que fue— se ocupa inmediatamente después de vestir la púrpura.
El 13 de febrero del 528 el emperador encarga a una comisión de diez hombres un nuevo Código que reúna las leyes imperiales vigentes, depuradas de contradicciones y de todo lo que ha quedado obsoleto. En la comisión figura un jurista de Panfilia llamado Triboniano. El Código se publica catorce meses (5) después, el 7 de abril del 529. Y es a partir de entonces cuando comienza la tarea más difícil.
El 15 de diciembre del 530, Justiniano firma la constitución Deo auctore —«con Dios como autor»— y encarga a Triboniano, que para entonces ocupa el cargo de cuestor, una tarea que nadie se ha atrevido a emprender. Se trata de la lectura de la obra entera de los juristas clásicos, para escoger lo que siga siendo útil, eliminar lo repetido y lo contradictorio, y reunirlo todo en una sola compilación (6). Triboniano elige a su equipo. Dos profesores de Derecho de Constantinopla, Teófilo y Cratino; dos de la célebre escuela de Beirut, Doroteo y Anatolio; un alto funcionario del tesoro, Constantino, y once abogados. El emperador les da un plazo de diez años para concluir la tarea.
Cuando estalla la sedición de Nika, llevan sólo un año de trabajo. Aquí resulta pertinente aclarar que este Triboniano al que nos referimos es el mismo cuya cabeza piden los sediciosos durante la revuelta de Nika, uno de los dos hombres a los que la multitud busca, recorriendo la ciudad, para matarlos (7). En ese momento, Justiniano lo destituye para calmar los ánimos pero, apagado el último incendio, lo devuelve a su puesto y a su trabajo.
Finalmente el Digesto —también llamado Pandectas, «lo que lo contiene todo»— se publica el 16 de diciembre del 533. Los autores de semejante hazaña han tardado tres años, no diez. Según el propio Justiniano, sus compiladores han revisado cerca de dos mil libros, con más de tres millones de líneas, y los han reducido a unas ciento cincuenta mil, repartidas en cincuenta libros (8). El emperador está tan orgulloso del resultado que prohíbe escribir comentarios sobre él, por temor a que los juristas vuelvan a enredar lo que tanto ha costado desenredar. La prohibición, como cabe esperar, no la cumple nadie.
Casi un mes antes de las Pandectas, el 21 de noviembre del 533, ha visto la luz la tercera pieza, las Instituciones: un manual para los estudiantes de primer curso, redactado por Triboniano, Teófilo y Doroteo sobre el modelo de las Instituciones que el jurista Gayo escribió en el siglo II. Y en noviembre del 534, como el primer Código ha quedado anticuado con tantas leyes nuevas, se publica una segunda edición, que es la que ha llegado hasta nosotros. La cuarta pieza son las Novelas, «las leyes nuevas» que Justiniano dicta a partir de entonces, casi todas en griego, y que se recogen en colecciones posteriores. Entre ellas están la mayoría de las leyes a favor de las mujeres que inspira Teodora.
En apenas seis años, el inmenso conjunto del Derecho romano cabe en unos pocos volúmenes. Para sus contemporáneos, la novedad es extraordinaria. Lo que está en la compilación es ley y lo que no está deja de serlo. Ningún abogado puede ya invocar un texto olvidado, y ningún juez puede ampararse en la confusión para decidir a su capricho. Es el primer gran intento de la Historia de que el Derecho sea completo, claro y cierto.
Hay, sin embargo, una circunstancia que resulta algo irónica. Justiniano ordena compilar en latín, la lengua del Derecho romano, cuando en Constantinopla ya casi nadie lo habla. Los profesores tienen que explicarlo en griego, y el propio Teófilo escribe una paráfrasis griega de las Instituciones. Tres siglos y medio más tarde, el emperador León VI manda traducir y reordenar la obra en griego. Estas son las Basílicas, que regirán en el Imperio bizantino hasta su caída. En Occidente, Justiniano extiende su Derecho a Italia en el 554, tras reconquistarla a los godos. Pero la invasión de los lombardos, catorce años después, lo sepulta. Durante cinco siglos, el Digesto desaparece casi por completo de la memoria de Europa, hasta que reaparece a finales del siglo XI en el norte de Italia. Se conserva entonces un manuscrito del siglo VI, copiado quizá en la propia Constantinopla, que custodia la ciudad de Pisa y que los florentinos se llevan como botín en 1406. Actualmente, se guarda en la Biblioteca Laurenciana de Florencia y se conoce como la Littera Florentina.
Hacia el año 1100, un maestro llamado Irnerio empieza a explicar el Digesto en Bolonia, y estudiantes de toda Europa acuden a escucharle. Nace la universidad y, con ella, el ius commune, el Derecho común europeo.
De Bolonia, ese Derecho pasa a las Siete Partidas de Alfonso X el Sabio, en el siglo XIII, y de ahí a los grandes códigos de la Edad Contemporánea: el Código Civil francés de 1804, el español de 1889, el alemán de 1900 y los de casi toda Iberoamérica. Por eso hablamos todavía de usufructo, de servidumbres o de legítima, y por eso el Derecho romano sigue siendo asignatura de primer curso en las facultades españolas. La definición de justicia que aprenden allí los estudiantes es la misma que aprendían los de Constantinopla: «la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno su derecho» (9).
Otra vez, Teodora
Nada de esto habría sido igual si en aquel consejo convocado bajo la urgencia de Nika hubiera prevalecido la opción de la huida. En enero del 532, el Digesto está todavía a medio hacer. Sin trono y en medio de una huida, Justiniano no habría podido promulgarlo. También es improbable que el usurpador Hipacio hubiera terminado la obra de su enemigo, cuya inteligencia, dedicación y afán de justicia no equiparaba. Es bastante probable, por otro lado, que Triboniano terminara asesinado junto al emperador y la emperatriz.
Sin Teodora, el encargo de Justiniano no se habría terminado. Ni tampoco esas leyes a favor de las mujeres que permitieron perseguir a los proxenetas y anular los contratos con los que se encadenaba a las jóvenes a los burdeles. O las que permitieron a las actrices abandonar la escena, las que protegieron la dote de las mujeres frente a los acreedores del marido, las que castigaron el rapto y dieron a la línea materna el mismo peso que a la paterna en la herencia. Todas esas leyes han llegado hasta nuestros días como parte de este formidable compendio legal que, desgraciadamente, no bastó para proteger a las mujeres en los siglos que siguieron.
En la Europa medieval e incluso en la moderna, el Derecho romano se mezcló con costumbres y leyes locales que sometieron a la mujer casada a la autoridad del marido, y muchas de aquellas protecciones quedaron en el olvido. La involución fue larga. En España, por ejemplo, el Código Civil de 1889 ordenó que la mujer obedeciera al marido y le impidió disponer de sus bienes o contratar sin una licencia marital que no desapareció hasta el año 1975 (10). Más de mil cuatrocientos años después de que Teodora se negara a huir.
Nota sobre Historia y licencia literaria
La escena del Consejo es una recreación literaria construida sobre el relato de Procopio (Guerras, I 24, 32-38). Es histórico que, con Hipacio ya proclamado en el Hipódromo, el círculo del emperador debate si quedarse o huir en las naves; que Teodora toma la palabra; que su discurso, reproducido casi literalmente, termina con el dicho «el imperio es hermosa mortaja», y que, tras escucharla, los presentes deciden combatir. También lo es que todas las esperanzas del emperador están puestas en Belisario y Mundo.
Son licencia de la autora los tres días de preparativos de la huida, la presencia de los generales en la sala —Belisario y Mundo estaban en Palacio, eso es cierto—, el oficial de los excubitores que trae la noticia, el discurso de Justiniano, las damas del séquito, el gesto de Teodora al ponerse en pie, la postración de los presentes, su salida de la sala, los vítores y la arenga final del emperador.
El silencio que se impone a la emperatriz tiene base histórica, aunque matizada. El Derecho romano excluye a las mujeres de los cargos públicos (Digesto, 50, 17, 2), y por eso no tienen asiento en los consejos del Estado. El propio Procopio pone en boca de Teodora una disculpa por hablar «entre hombres». No consta, en cambio, una prohibición expresa de que una emperatriz tomara la palabra en ellos.
Por último, algunos historiadores, como Averil Cameron, consideran que el discurso de Teodora es en buena parte una composición retórica de Procopio. Y la instigación de la revuelta por enemigos del emperador es una interpretación de historiadores modernos apoyada en otras fuentes; Procopio no la menciona.
La crónica simplifica, además, el comienzo de la revuelta. Los faccionarios condenados lo habían sido por disturbios anteriores. Según Malalas, el 10 de enero el prefecto de la ciudad, Eudemón, ejecuta a siete de ellos, y dos —un azul y un verde— sobreviven al romperse el patíbulo; en las carreras de los días siguientes ambas facciones piden su indulto y, ante la negativa del emperador, el 13 de enero estalla la sedición al grito de «Nika». La edición de Gredos de Procopio fecha la revuelta del 11 al 18 de enero del 532.
Notas
(1) Procopio de Cesarea, Historia de las Guerras, I 24, 33-37. Cito, con ligeros retoques, por la edición de Gredos (Biblioteca Clásica Gredos, 280), págs. 147-148. El dicho procede de Isócrates (VI 45), que lo atribuye a Dionisio I de Siracusa.
(2) Guerras, I 24, 6 (ed. cit., pág. 142).
(3) Guerras, I 24, 8 (ed. cit., pág. 142).
(4) Guerras, I 24, 54 (ed. cit., pág. 150). Zonaras eleva la cifra a cuarenta mil.
(5) Constituciones Haec quae necessaria (13 de febrero del 528) y Summa rei publicae (7 de abril del 529), que encabezan el Código de Justiniano.
(6) Constitución Deo auctore (Código de Justiniano, 1, 17, 1), de 15 de diciembre del 530.
(7) Procopio, Guerras, I 24, 17 y I 25, 1-2 (ed. cit., págs. 144 y 151).
(8) Constitución Tanta (Código de Justiniano, 1, 17, 2), 1 y 21, de 16 de diciembre del 533.
(9) Digesto, 1, 1, 10 (Ulpiano), recogido también en Instituciones, 1, 1, pr.
(10) Código Civil español de 1889, arts. 57, 59 y 61 (redacción original). La licencia marital se suprime por la Ley 14/1975, de 2 de mayo.