España está de luto. Llora la pérdida de una setentena de sus hijos, y las heridas de más de un centenar. La desgracia ocurrió en las vías ferroviarias de Urda (Toledo), y somos muchos —si no, todos— los que nos preguntamos quiénes son los responsables de una tragedia como esa que, por desgracia es la segunda en un año.
Es en estos casos cuando la utilidad del Derecho se vuelve una necesidad, entre las lágrimas. Como cualquier persona en el luto, necesitamos —como comunidad— conocer las causas de la catástrofe y que la Justicia obre como la Ley disponga con quienes se demuestre que son los responsables. No habrá reparación para quienes han perdido a sus seres queridos, o para quienes han sufrido heridas que les causen limitaciones y otras secuelas a causa del accidente. Tampoco pueden repararse el dolor que ha causado a cada una de las víctimas ni los perjuicios que acarree a la sociedad en su conjunto. Pero a veces la Justicia es el único consuelo.
Ese consuelo tiene detrás una larga historia, y uno de sus hitos es un precedente jurídico británico que, en una oportuna coincidencia, se asienta en la tradición bíblica, específicamente en la frase «Amarás a tu prójimo como a ti mismo» (Levítico 19:18). Esas palabras son el núcleo del diálogo que introduce la conocida parábola del buen samaritano en el Evangelio de Lucas (Lucas 10:25-37) y constituyen la semilla de la que germinaría el moderno deber de cuidado, uno de los pilares del Derecho de daños y de la protección de los consumidores.
En el texto bíblico, un experto en la ley le pregunta a Jesús qué debe hacer para alcanzar la vida eterna. Jesús le devuelve la pregunta —¿qué está escrito en la ley?— y es el propio experto quien recita el mandamiento de amar a Dios (Deuteronomio 6:5) y al prójimo (Levítico 19:18). Entonces el hombre insiste: «¿Y quién es mi prójimo?». Jesús le responde con la parábola del buen samaritano y, al final, es el mismo experto de la ley quien responde su propia pregunta: «El que practicó la misericordia». Jesús le dice, entonces, «Vete y haz tú lo mismo».
La misma pregunta —«¿quién es mi prójimo?»— sirvió de inspiración a James Richard Atkin (Lord Atkin), juez de la Cámara de los Lores británica, para formular el «principio del prójimo» (neighbour principle), que derivaría, con los años, en el concepto moderno de deber de cuidado (duty of care) en el Derecho de daños anglosajón. La respuesta de Atkin es mucho más pragmática, y la formuló en su voto en el caso Donoghue v Stevenson, cuya historia ponemos a disposición del lector enseguida.
Adelantamos que, desde 1932, la respuesta es la que hoy exigimos a cualquiera cuyo trabajo pone vidas en sus manos. Prójimo es todo aquel a quien tus actos pueden alcanzar. Cualquier persona que pueda sufrir un daño previsible por tus acciones u omisiones. Una respuesta que debería bastar para que los responsables de la tragedia de Urda, una vez probados los hechos, respondan ante la Justicia por sus acciones u omisiones.
Glasgow y Paisley. Domingo, 26 de agosto de 1928
El clima hace honor a la temporada festiva. Es una jornada soleada y cálida —para las temperaturas habituales de Escocia—, y con muchas fábricas y talleres cerrados por las vacaciones obreras, la ciudad sale a la calle a celebrar la vida y a disfrutar de los últimos días de descanso.
El humor de May Donoghue, sin embargo, no se apega al alegre espíritu de su ciudad. Con treinta años ya cumplidos, trabaja como dependienta y vive de prestado en el piso de su hermano John (el 49 de Kent Street, en el East End) desde que hace unos meses se separó de Henry Donoghue, su marido. Se casó con él cuando apenas tenía diecisiete años, y de ese matrimonio sólo le queda el consuelo de un único hijo —el primero—, porque aunque concibió y dio a luz a cuatro, los últimos tres bebés abandonaron el mundo prematuramente.
A pesar de las circunstancias, la señora Donoghue intenta procurarse momentos agradables y por eso, al final de la tarde, decide tomar un tranvía para encontrarse con una amiga en Paisley, una antigua villa textil a unos once kilómetros al oeste de Glasgow. El vehículo cruza el Clyde y, después de media hora de traqueteo sobre los adoquines, se detiene frente a la mole neogótica de la iglesia Thomas Coats, donde se apea May. Inmediatamente después, cruza hacia la esquina de Wellmeadow Street con Lady Lane. Allí, en los bajos de un viejo edificio de viviendas, está el Wellmeadow Café —una heladería que regenta Francesco (Francis) Minghella—, en cuya puerta la espera su amiga Laura.
Son las nueve menos diez de la noche cuando las amigas entran en el café y se sientan junto a la ventana. Laura pide para sí una pera con helado e invita a May a un ice cream float —helado en un vaso alto, bañado con ginger beer, un refresco de jengibre sin alcohol—. En lo que llegan, Laura se interesa por el ánimo de May. Lo hace cada vez que se reúnen, desde que May se separó de Henry.
La charla se prolonga hasta que el camarero trae el pedido. Después de colocar el vaso con helado para el ice cream float de May, el empleado del café vierte en él parte de la ginger beer desde una botella de cristal opaco y marrón, que tiene un rótulo en letras blancas que pone «D. Stevenson, Glen Lane, Paisley». Es una de las muchas botellas retornables que luego se devuelven, se lavan y se vuelven a llenar.
Cuando se retira el camarero, las amigas toman sus respectivos helados y conversan animadamente hasta que Laura levanta la botella de ginger beer y le sirve a su amiga lo que queda de su contenido. En ese instante, la estupefacción, el asco y el horror se reflejan en los rostros de ambas. Con el último chorrillo de la botella ha caído en el vaso algo nauseabundo que, al escudriñarlo con más detalle, resulta ser un caracol en descomposición.
El desagradable incidente del caracol putrefacto no quedará en el susto y las náuseas de las amigas. El 29 de agosto May acude a su médico con náuseas, vómitos y malestar estomacal, y este le diagnostica una gastroenteritis. Lejos de mejorar, May empeora, y el 16 de septiembre tiene que recibir tratamiento de urgencia en la Royal Infirmary de Glasgow por una gastroenteritis grave y un fuerte shock.
Glasgow, 183 West George Street. Marzo de 1929
West George Street se ve como un riachuelo inundado de paraguas y sombreros desde el despacho de Walter Leechman, que huele a tinta y a folio antiguo. Leechman es un hombre peculiar. Además del oficio de abogado, ejerce el de concejal. También es activista político, y acepta clientes que no pueden pagarle y otros que sus colegas prefieren no recibir. Tal vez por eso guarda, desde hace meses, una carpeta delgada que contiene una dirección de Kent Street, un parte médico y una etiqueta copiada a lápiz en la que se lee «D. Stevenson, Glen Lane, Paisley».
Sobre el escritorio de noble madera, un pliego recién llegado de Edimburgo ocupa la atención del abogado. Es la sentencia del caso Mullen v A. G. Barr, que su despacho acaba de perder el 20 de marzo de 1929. Dos hermanos, los pequeños Mullen, y una mujer en otro pleito juraron haber encontrado ratones muertos en sus botellas de ginger beer. El Tribunal de Sesiones de Escocia se ha pronunciado a favor del fabricante que, según la sentencia, no le debe nada a un consumidor que no ha contratado con él. Lord Anderson, uno de los jueces, ha calculado que la probabilidad de que un ratón acabe dentro de una botella es de una entre muchos millones. «Pues con la suerte que tienen los hermanos Mullen y la mujer, deberían jugar a la lotería», piensa Walter, con una sonrisa irónica que se le queda a medias. Sólo Lord Hunter, otro de los jueces, ha votado en contra del fabricante, un dato del que Leechman ha tomado buena nota.
Su secretaria hace entrar a la Mrs. Donoghue. La mujer lleva el abrigo abrochado hasta el cuello y aprieta el bolso contra el regazo. Cuando el abogado la invita a sentarse, ella lo hace ocupando, tímidamente, el borde del asiento.
—Es usted muy amable al recibirme, Mr. Leechman. Aunque ya me han dicho que no hay nada que hacer, al no haber sido yo quien pagó…
—Y tenían razón quienes así le hablaron, Mrs. Donoghue —la interrumpe Leechman—. Si hubiera pagado usted la ginger beer, demandaríamos al dueño del café, y asunto concluido. Pero la pagó su amiga, y ella no ha sufrido perjuicio alguno.
—¡Por supuesto que no! ¿Cómo podría haber enfermado Laura, si no bebió de la ginger beer?
—Exacto. Pero ese no es el punto aquí, Mrs. Donoghue. El caso es que, al no haber comprado usted la botella de refresco, no ha celebrado contrato alguno con nadie. Debe usted saber que, según el Derecho escocés —y también el inglés—, el fabricante no responde ante quien no ha contratado con él, salvo en dos supuestos tasados. Que el producto sea peligroso en sí mismo, como los explosivos, o que el fabricante conozca el peligro y lo oculte. Es evidente que su botella de ginger beer no encaja en ninguno de los dos casos. De modo que, para la ley, usted y el señor Stevenson, el fabricante, son dos desconocidos. No es el caso de su amiga que, al pagar la bebida, sí ha «firmado», aunque sea de palabra, un contrato de compraventa con el señor Minghella, el dueño del café. Sin embargo, ella no tiene nada que reclamar, al no haber sido afectada por los restos del caracol que contenía la bebida.
A May se le revuelven de nuevo las tripas, y tiene que voltear la cabeza y exhalar un suspiro para aliviar las náuseas que le vienen, antes de volver a mirar al abogado.
—Oh, lo siento, Mrs. Donoghue. —La mujer baja levemente la cabeza, dispensando a Leechman, que continúa con su argumento—. Debe saber que, hace sólo una semana, Edimburgo ha dictado sentencia sobre un caso similar, con ratones muertos dentro de botellas de ginger beer. Como en su caso, quienes los encontraron no habían pagado las bebidas y no reclamaban al vendedor, sino al fabricante.
—Y ¿qué ha fallado el tribunal? —A May, esperanzada, se le abren los ojos.
—La sentencia es absolutoria para el fabricante. —Leechman baja levemente la cabeza mientras observa la decepción de May—. Sin embargo, Mrs. Donoghue, yo no veo el camino cerrado. La sentencia de Edimburgo va de ratones en botellas. Sobre los caracoles, todavía no se ha pronunciado.
Leechman esboza una sonrisa que apenas se nota, pero sus ojos brillan mientras mira fijamente a May con un gesto cómplice, invitándola a entablar el pleito.
—Sabe usted que no puedo pagarle, Mr. Leechman —se explica la mujer, a modo de disculpa.
—Eso tiene remedio, Mrs. Donoghue.
El 9 de abril de 1929, veinte días después de la sentencia del caso Mullen v A. G. Barr —el de los ratones—, la demanda de May Donoghue entra en el Tribunal de Sesiones. En el escrito, Leechman describe la fábrica de Glen Lane como un lugar donde las botellas se dejan en sitios a los que los caracoles tienen libre acceso y donde «se encuentran con frecuencia caracoles y rastros de caracoles».
El 21 de mayo de 1929 tiene lugar la primera comparecencia ante el juez Lord Moncrieff, pero se aplaza. Esta dilación le da tiempo a Leechman para ampliar la demanda al dueño del café, Francis Minghella. Más le hubiera valido no hacerlo, porque unos meses después, el 19 de noviembre, May tiene que retirar la demanda contra Minghella —que no había contratado con ella y no podía ver qué había dentro de una botella opaca—. El 12 de diciembre, el tribunal la condena a pagar las costas de ese tramo. La cifra se eleva a 108 libras, 6 chelines y 3 peniques, a repartir entre Minghella y Stevenson. El día 20 consta que May no ha pagado la parte de Minghella.
Edimburgo, Parliament House. 27 de junio de 1930
El pleito del caracol en la botella ya ha tenido un alto coste. Las costas del tramo de Minghella siguen sin pagar. May no puede hacerle frente a esa ni a ninguna otra cantidad. Ahora el asunto se dirime en el Parliament Hall de Edimburgo. Bajo el delicado encaje de vigas de roble de su techo, en su majestuoso salón, el ir y venir de togas negras y pelucas grises es incesante. En uno de sus lados se abren las pequeñas salas de la Outer House, donde un solo juez despacha la primera instancia.
Lord Moncrieff ha leído hasta la saciedad la sentencia de los ratones. Stevenson niega que en sus botellas haya habido nunca un caracol, pero lo que ahora se discute es otra cosa. Su defensa sostiene que, aunque todo lo que cuenta May fuera cierto, la demanda carecería de fundamento jurídico. Finalmente, Moncrieff se aclara la garganta y lee pausadamente su resolución:
—No dudo, en absoluto, de que quienes se dedican a producir alimentos o bebidas no deben poder alegar ignorancia acerca del peligro que representan sus productos cuando falta la limpieza en cualquiera de las fases de su fabricación. Los alimentos contaminados que se ponen a la venta son, a mi juicio, los más sutiles de los productos peligrosos. Que el peligro lo haya introducido una negligencia, y que no sea visible a simple vista, no son razones que deban liberar de su deber al fabricante negligente.
El juez ha pronunciado la última frase con la vista puesta en los abogados de Stevenson. Con ella rechaza sus argumentos. La demanda de May tiene fundamento y el pleito puede seguir adelante. Pero no es a los abogados de Stevenson a quienes sentará peor la decisión de Lord Moncrieff, sino a la sala de apelación del caso Mullen v A. G. Barr, a cuyos jueces acaba de decir, con todo el respeto que exige la forma, que se equivocaron con el caso de los ratones.
Edimburgo, Inner House. 13 de noviembre de 1930
Stevenson ha recurrido la decisión de Lord Moncrieff, y el recurso va a parar a la peor sala posible. Los cuatro jueces sentados en el estrado alto de la Second Division son Lord Alness —quien la preside—, Lord Ormidale, Lord Hunter y Lord Anderson. Justamente los mismos que, año y medio atrás, despacharon a los demandantes del caso Mullen v A. G. Barr.
May ha acudido desde Glasgow en tren. Se sienta al fondo, en el banco del público. Sus ojos, muy abiertos, no pierden detalle de lo que pasa en el estrado.
Lord Alness lee con seguridad y con una sutil satisfacción que no consigue esconder, aunque lo intente:
—Hay una única diferencia entre aquel caso y este. Y por lo que alcanzo a ver, no constituye una diferencia sustancial. En aquel, se trataba de un ratón en una botella de ginger beer y en este, de un caracol en una botella de ginger beer.
Ormidale y Anderson están de acuerdo. Lord Hunter, el mismo que se opuso a sus compañeros en el caso de los ratones, vuelve a quedarse solo. Según su criterio, basta con que la botella sea opaca para que el fabricante tenga que responder ante quien no puede ver lo que bebe. Pero son tres votos contra uno, y la resolución de Lord Moncrieff queda revocada y la demanda de May, desestimada.
A May Donoghue sólo le queda Londres.
Glasgow y Westminster. Febrero y marzo de 1931
Quien recurre ante la Cámara de los Lores necesita ser rico o demostrar que es muy pobre, pues ha de garantizar el pago de las costas del contrario en caso de que pierda. Pero May está muy lejos de ser rica. Así que sólo le queda demostrar que es extremadamente pobre para litigar in forma pauperis. Es decir, como pobre de solemnidad.
«Soy muy pobre y no poseo en todo el mundo la suma de cinco libras, exceptuadas mi ropa y el objeto de esta apelación», firma May al final de una declaración jurada que le han redactado los abogados. En la sacristía de su iglesia parroquial de Milton, un pastor y dos ancianos de la congregación corroboran esa declaración firmando un certificado en el que consta que la señora May M’Alister o Donoghue es una persona muy pobre.
El 17 de marzo de 1931 la petición llega al pleno de la Cámara de los Lores, y esa tarde May Donoghue es declarada oficialmente pobre.
Londres, casa de los Atkin. Un domingo de otoño de 1931
Al regreso del oficio matutino, los Atkin se sientan a almorzar. A pesar de su título, Lord Atkin no es hombre de ceremonias. Va al Parlamento en autobús, lee novelas policíacas, canta temas de music hall y espera que en casa se le trate con escaso respeto. Sus hijas lo complacen, gustosas.
El párroco ha dedicado el sermón de esa mañana al pasaje bíblico del buen samaritano. Mientras trincha el asado, Atkin lanza una pregunta:
—¿Quién es mi prójimo?
La mujer y las hijas de Atkin se observan entre sí. La pregunta las sorprende, pero Atkin no parece darse cuenta, con la atención puesta en el asado o en su propia pregunta; nadie lo sabe bien.
—Es lo que el doctor de la ley le pregunta a Jesús: «¿Y quién es mi prójimo?». Preguntáoslo como si fuerais abogados.
—Como abogados, el prójimo es quien te paga la minuta —dice una de las hijas, y provoca risas en la mesa.
—¡Ese es el problema! —Atkin señala a su hija con el cuchillo en la mano—. Pregunta a un juez inglés quién es mi prójimo. Te responderá con una lista de casos sueltos: el que tiene un contrato conmigo, el que entra en mi finca, el que compra mi pólvora… Pero la moral no funciona así. Y, en realidad, no se le puede exigir a nadie, ante un tribunal, que ame al prójimo. Sin embargo, ¡sí se le puede exigir que no lo dañe! ¿No es así?
El 28 de octubre, Lord Atkin compartirá esa misma reflexión, en público, con los estudiantes del King’s College de Londres:.
—Me pregunto si todo el Derecho de daños no cabría en una sola máxima. Me refiero a esa regla de oro que exhorta a hacer al prójimo lo que querrías que te hicieran a ti.
Seis semanas después, Atkin tendrá sobre la mesa el caso escocés del caracol en la botella.
Continuará…
En la próxima entrega:
Londres, diciembre de 1931. En el salón de sesiones de la Cámara de los Lores, cinco jueces sin toga escuchan durante dos días a los abogados de ambas partes. La respuesta a la pregunta de Lord Atkin «¿quién es mi prójimo?» dividirá al tribunal, enfrentará dos maneras de entender la justicia y dejará un misterio que nadie llegó a resolver. En «De lo anecdótico a lo histórico» contaremos cómo una dependienta que no tenía ni cinco libras en el mundo cambió el Derecho de daños anglosajón, qué relación guarda su caso con el artículo 1902 de nuestro Código Civil, y por qué sigue presente hoy en la protección de los consumidores.
Nota sobre Historia y licencia literaria
Este docurrelato reconstruye hechos documentados —fechas, lugares, personas, actuaciones judiciales y las palabras de los jueces, traducidas y condensadas por la autora— a partir del expediente del caso y de los estudios que se citan. Lo que sucedió en el Wellmeadow Café se conoce únicamente por la demanda de May Donoghue.
Son creación de la autora los diálogos, los pensamientos y los gestos de los personajes; el nombre de la amiga de May; la conversación en el despacho de Leechman; la presencia de May en la sala de Edimburgo, y el almuerzo en casa de los Atkin, inspirado en el testimonio de su biógrafo, según el cual el juez ponía a prueba estas ideas en la mesa familiar después del oficio del domingo.
Fuentes consultadas.
Donoghue v Stevenson [1932] AC 562; 1932 SC (HL) 31. Expediente y papeles de la apelación, Scottish Council of Law Reporting.
Mullen v A. G. Barr & Co Ltd, 1929 SC 461.
National Records of Scotland: registro civil y padrones, a través de Scottish Archives for Schools, «The Snail in the Bottle Case».
Chapman, M., «The Snail and the Ginger Beer: The Singular Case of Donoghue v Stevenson», conferencia anual ICLR, Londres, 2010.
Taylor, M. R., «Mrs Donoghue’s Journey» (1990) y «The Most Famous Litigant», Scottish Council of Law Reporting.
Edelman, J., «Fundamental Errors in Donoghue v Stevenson?», conferencia, Londres, 2014.
Atkin, J. R., «Law as an Educational Subject», Journal of the Society of Public Teachers of Law, 1932.