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El Tribunal Superior certifica que lo que el Gobierno llamó en Ceuta «sensación» es un 60% más de delitos

Lorenzo del Río, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, confirmó este martes en Canal Sur Radio que la delincuencia en Ceuta ha subido un 60% desde la avalancha de inmigrantes ilegales a finales de julio. El artículo 1.1 de la Ley Orgánica 4/2015 define la seguridad ciudadana como una función del Estado, no como una impresión de quien la padece.

Inmigración y "sensación de inseguridad" en Ceuta. (Recreación editorial generada con IA).

En la entrevista que concedió a Canal Sur Radio, el presidente del TSJA declaró que el aumento del 60% en los delitos se verifica comparando las cifras de agosto y lo que va de septiembre con el mismo periodo de 2025. «Se veía venir que la delincuencia podía aumentar», dijo, y explicó que la subida está ligada a la avalancha de inmigrantes ilegales que invadió la frontera de El Tarajal los días 30 y 31 de julio de 2026, y que el Gobierno cifró en unas 72.000 personas. 

"Sensación" contra cifras y expedientes judiciales

La Ley Orgánica 4/2015 no trata la seguridad ciudadana como un “estado de ánimo”. La define, en su artículo 1.1, como «un requisito indispensable para el pleno ejercicio de los derechos fundamentales» cuya salvaguarda es, literalmente, «función del Estado». El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, calificó en agosto las quejas de los ceutíes como «sensación de inseguridad subjetiva», y lo repitió el 14 de septiembre matizando que comprendía ese sentimiento «por lo vivido». Pero comprender un sentimiento no es parte de sus obligaciones. Según la ley, su deber es garantizar la seguridad ciudadana como bien objetivo, con independencia de cómo la describan quienes la reclaman.

A quién obliga la ley, y qué le queda por cumplir

El artículo 104.1 de la Constitución encomienda a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, bajo dependencia del Gobierno, «proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana». Es una misión constitucional con sujeto identificado: el Estado, a través del Ministerio del Interior. La Ley Orgánica 4/2015 concreta ese deber, en sus artículos 3 y 4, en tres obligaciones: prevenir, investigar y sancionar.

El Poder Judicial ha reforzado los juzgados ceutíes con una jueza en comisión de servicio para Violencia sobre la Mujer, un juez adicional en materia penal y dos jueces de guardia permanentes, según confirmó el propio Del Río. El Ministerio del Interior añade más de 100 efectivos desplegados hasta el 31 de diciembre, 300 expulsiones tras condena y 5.300 retornos voluntarios desde agosto, cifras que dio Grande-Marlaska el 14 de septiembre.

Del Río reconoció que todavía no sabe si serán necesarias nuevas incorporaciones o si las actuales se convertirán en permanentes, pues los refuerzos judiciales siguen siendo provisionales cincuenta días después del pico de la crisis.

Con este panorama, a los afectados por la crisis de inseguridad que padece la ciudad –el pueblo ceutí– les quedaría, además de la manifestación pacífica, una vía jurídica directa. El artículo 106.2 de la Constitución y los artículos 32 y siguientes de la Ley 40/2015 reconocen el derecho a ser indemnizado por el funcionamiento anormal de un servicio público. Y queda, siempre, la vía del Defensor del Pueblo.

Una crisis sin fecha de cierre

Nada de lo confirmado esta semana tiene fecha de resolución. La declaración de Ceuta como asunto de interés para la Seguridad Nacional (Real Decreto 681/2026) no lleva plazo de revisión. Los refuerzos judiciales se mantienen a prueba. Las propuestas de Del Río no tienen partida presupuestaria conocida. Y mientras el triaje de las personas que permanecen en la ciudad siga sin completarse, cada denuncia sin autor identificado seguirá acumulándose junto a las anteriores. Ya es un hecho respaldado por estadísticas y por las declaraciones del presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, que la delincuencia en Ceuta ha aumentado un 60% en relación con igual periodo del año anterior. Queda pendiente la cuestión de cuánto más puede sostenerse, jurídicamente, que se califique como “sensación”.


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